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El Gobierno y Superintendencia de Sociedades podrán sancionar los actos de corrupción transnacional


El Gobierno sancionó la ley 1778 de 2016, el pasado 2 de febrero, con la cual impone sanciones a las personas naturales que incurran en soborno trasnacional. Dichas personas enfrentan una pena de prisión de 9 a 15 años y multas entre los 650 y 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La Superintendencia de Sociedades podrá imponer multas a las personas jurídicas hasta de 200.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando éstas, por medio de uno o varios de sus empleados o administradores, sobornen a un servidor público.

La superintendencia tendrá competencia sobre las conductas cometidas en territorio extranjero siempre que la persona jurídica, o la sucursal de sociedad extranjera, presuntamente responsable esté domiciliada en Colombia.

La entrada en vigencia de esta ley representa un paso fundamental hacia el ingreso de Colombia a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).


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