Procedimientos disciplinarios deben ser incluidos en el reglamento interno de trabajo, para garantiz
Mediante concepto No: 168688 del 8 de septiembre de 2015, el Ministerio del Trabajo afirma que en la ejecución de los procesos disciplinarios, se debe seguir la interpretación establecida por la sentencia C-593 de 2014. Por ello desde la fecha de expedición del concepto, los reglamentos internos de trabajo deben contener información sobre los siguientes puntos: comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario, la forma de imputación de cargos, los traslados, las pruebas que fundamenten los cargos formulados y la indicación de los términos.